• 6 de junio de 2026 03:08

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Segundo condenado por hecho de disparos de arma de fuego en Maldonado

Jun 5, 2026
Segundo condenado por hecho de disparos de arma de fuego en Maldonado
Ampliando comunicado de prensa publicado en la página web del Ministerio del Interior el día 14 de mayo, en la que se informaba que el día 03 de ese mismo mes, próximo a la hora 07:00, el servicio de emergencias 9-1-1 fue alertado de que en un bar de Avda Aiguá y Simón del Pino, un hombre había sido herido de arma de fuego.
Al lugar concurrieron varios efectivos del Programa de Alta Dedicación Operativa (PADO) y de la Unidad de Respuesta Policial Móvil (URPM), ambos de Zona Operacional II, quienes trasladaron a un hombre de 37 años, poseedor de múltiples antecedentes penales, quien presentaba dos impactos de arma de fuego en sus miembros inferiores, no teniendo riesgo de vida.
Policías de Investigaciones de Zona Operacional II, asumieron el procedimiento, realizando con personal de Analítica del Centro de Comando Unificado, una investigación en conjunto, concluyendo en la detención y condena del autor de los disparos, un hombre de 18 años de edad de iniciales J.F.A.M., sin antecedentes penales y en la requisitoria de un segundo masculino relacionado al hecho, Antony Bahiano Falagian Rios de 28 años de edad, poseedor de penales.
El 02 de junio, en el marco del Operativo Ciudad, funcionarios del Programa de Alta Dedicación Operativa de la Zona Operacional II (PADO II), se encontraban realizando patrullaje por calle Arturo Santana, cuando avistan al requerido Falagian, quien al verse advertido por el personal policial se descarta de un estuche, el cual al ser recuperado por los actuantes, se constata que contenía envoltorios con sustancia blanca, por lo que se procede a su detención.
Enterada la Fiscalía Letrada de 1er Turno dispuso la conducción del detenido a esa sede para continuar con la investigación.
El 04 de junio próximo a la hora 19:00, tras prestar declaración en Fiscalía, fue conducido a Juzgado Letrado de 4to Turno, donde se dispuso la condena de Falagian como autor penalmente responsable de un delito de receptación en régimen de reiteración real con un delito de tráfico interno de armas de fuego y municiones, a la pena de diez (10) meses de prisión, con descuento de la detención sufrida y siendo de su cargo las obligaciones previstas en los literales dy e del Art. 105 del Código Penal.