La referida determinación está contemplada en la resolución Nº 09729/2021, mediante la cual se expresa que el ajuste comprende a distintos rubros y servicios referidos al ejercicio 2022.
Como resultado, se ajustan los valores de los tributos que aparecen a continuación:
- Tasa de división, reparcelamiento, fraccionamiento y refraccionamiento de bienes inmuebles.
- Propiedades horizontales (según la Ley N°10.751).
- Transferencias de vehículos con taxímetro.
- Tour turísticos.
- Tasa de de contralor de Higiene Ambiental.
- Tasa de habilitación de vehículos.
- Tasa anual de habilitación para la introducción al departamento de partículas bovinas.
- Tasa por faena y comercialización de carne de ave.
- Tasa de habilitación de fábricas de productos porcinos.
- Introducción y distribución de productos porcinos.
- Permisos de ferias vecinales.
- Servicios médicos.
- Servicio de análisis de laboratorio.
- Servicios de desinfección y/o desinsectación.
- Servicio barométrico.
- Tasa de edificación.
- Registro de constructores, empresas de demolición y sanitarios.
- Tasa por actividad administrativa.
- Registro de rematadores.
- Permiso de alquileres y varios.
- Registro de cortadores de árboles y transportistas de madera.
- Expedición de certificados y testimonios de partidas que expide la División Administración Documental (Registro Civil).
- Servicios de necrópolis.
- Impuesto a los avisos de publicidad y propaganda.