La mencionada exoneración se hace rellenando un formulario web y tomando en consideración que jubilados y pensionistas pueden necesitar ayuda para realizarlo es que se habilitó la atención personal tanto en los municipios del departamento como en el Edificio Comunal.
Desde las 9.15 y hasta las 14.45 horas se está atendiendo a jubilados y pensionistas que necesitan ayuda para completar el referido formulario web. Para eso tienen que concurrir tanto a los distintos municipios del departamento de Maldonado como al Centro de Informes de la IDM. De esta forma, recibirán asistencia personalmente.
Sobre la Exoneración de Contribución Inmobiliaria – Única Propiedad – Jubilados y/o Pensionistas por vejez (sólo BPS)– Maldonado, se indica que habilita ampararse al Decreto Departamental 4036/2021 una vez verificadas estas condiciones:
Requisitos
- Completar el formulario electrónico en tiempo y forma, adjuntando la información y documentos solicitados. Ingresar AQUÍ. https://www.gub.uy/tramites/exoneracion-contribucion-inmobiliaria-unica-propiedad-jubilados-yo-pensionistas-vejez-solo-bps-maldonado
- El inmueble urbano o suburbano debe constituir única propiedad, habitada en forma permanente por su dueño y familiares de primer grado.
- En el padrón no debe existir ningún comercio instalado.
Otros datos de interés
- Impuesto de Contribución Inmobiliaria hasta $ 3.903: Exonera 100 %
- Impuesto de Contribución Inmobiliaria hasta $ 7.806: Exonera 50 %
- El beneficio se deberá gestionar de manera anual.
Y en cuanto a la Exoneración de Contribución Inmobiliaria – Única Propiedad – Pensiones Varias (NO BPS) – Maldonado, es el que permite ampararse al Decreto Departamental 4036/2021 tomando en cuenta las siguientes condiciones:
Requisitos
- Completar el formulario electrónico en tiempo y forma, adjuntando la información y documentos solicitados. Ingresar AQUÍ. https://www.gub.uy/tramites/exoneracion-contribucion-inmobiliaria-unica-propiedad-pensiones-varias-no-bps-maldonado
- El inmueble urbano o suburbano debe constituir única propiedad, habitada en forma permanente por su dueño y familiares de primer grado.
- En el padrón no debe existir ningún comercio instalado.
- El ingreso del núcleo familiar no debe superar los 7 BPC ($ 43.239).
Otros datos de interés
- Impuesto de Contribución Inmobiliaria hasta $ 3.903 – Exonera 100 %
- Impuesto de Contribución Inmobiliaria hasta $ 7.806 – Exonera 50 %
- El beneficio se deberá gestionar de manera anual.